Para entender los tratados internacionales, y la posibilidad de denuncia, es buena idea compararlos con un contrato.
Una parte de un contrato pueden en algún momento decidir que ya no quiere seguir siendo parte del contrato. Pero puede que haya condiciones. Por ejemplo, para tener este blog le pagué a WIX un monto por un año. Es posible que Wix no permita que me salga del contrato antes de ese año, o si me voy me pone una penalidad. Lo mismo pasa con los tratados internacionales y las denuncias. Las partes de un tratado pueden retirarse del tratado pero hay restricciones que varían dependiendo del tratado.
¿Qué es la denuncia de un tratado?
La denuncia de un tratado es un acto unilateral de una parte de un tratado, mediante el cual informa su deseo de retirarse, de no seguir estando obligado a cumplir con dicho tratado. Se dice que es un acto unilateral porque no tiene que acordarlo con nadie más, lo hace y punto. Sin embargo, no cualquier tratado internacional se puede denunciar. Esto está regulado por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
¿Qué tratados internacionales pueden ser denunciados?
De acuerdo al derecho de los tratados (codificado en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados), pueden ser denunciados:
Los tratados que expresamente establezcan la posibilidad de denunciar el tratado (artículo 56 de la CVDT). En este supuesto, se debe cumplir con los requisitos que el tratado establece para que la denuncia sea válida.
Por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en el artículo 78 que "Los Estados Partes podrán denunciar esta Convención después de la expiración de un plazo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la misma y mediante un preaviso de un año, notificando al Secretario General de la Organización, quien debe informar a las otras partes".
Los tratados que no establezcan expresamente el derecho de denuncia, pero que:
a) que conste que fue intención de las partes admitir la posibilidad de denuncia o de retiro; o
b) que el derecho de denuncia o de retiro pueda inferirse de la naturaleza del tratado.
¿Qué tratados internacionales no pueden ser denunciados?
Si un tratado no establece expresamente el derecho de denuncia, no conste la intención de las partes en permitir el retiro o no se puede inferir de la naturaleza del tratado que se puede denunciar, entonces no se puede denunciar.
Este es el caso del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. No establece el derecho a denunciar, y el Comité de Derechos Humanos interpretó en su Observación General No. 26 que no consta que las partes tuviesen la intención de permitir el retiro del pacto, ni tampoco es posible inferir este derecho de la naturaleza del pacto.
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