top of page

Derecho a morir con dignidad (Eutanasia)

Patricia Tarre Moser

19 feb 2025

El derecho a morir con dignidad ha generado un debate significativo en diversos países. En este episodio, se analizan los avances legislativos y jurisprudenciales sobre este derecho, con la participación de Josefina Miró, abogada que lideró los únicos dos casos de litigio estratégico en Perú sobre la muerte digna: los de Ana Estrada y María Benito.



Para escuchar el episodio completo dale click aquí


El derecho a morir con dignidad ha ganado creciente atención en diversos países en los últimos años, generando un profundo debate que abarca no solo cuestiones legales, sino también implicaciones éticas, sociales y médicas. La discusión principal se ha enfocado en la eutanasia.


La eutanasia, definida como la intervención médica mediante la cual un profesional de la salud administra sustancias letales para facilitar la muerte de un paciente que lo solicita, se encuentra en el centro de esta controversia. Más allá de ser una simple práctica médica, plantea una pregunta esencial y cargada de significado: ¿Hasta qué punto las personas tienen el derecho a tomar decisiones sobre el final de su vida para evitar un sufrimiento que consideran intolerable?



¿Qué es el derecho a morir con dignidad?


El derecho a morir con dignidad reconoce la facultad de una persona para decidir sobre el final de su vida cuando enfrenta una enfermedad incurable, terminal o degenerativa que le cause un sufrimiento intolerable. Se fundamenta en dos principios clave: la autonomía personal y la dignidad humana. Esto significa que cada individuo tiene la libertad de autodeterminarse en sus momentos finales, eligiendo cómo, cuándo y bajo qué condiciones desea morir, evitando así prolongar de manera artificial una existencia marcada por el dolor.


Según explica Josefina Miró, el derecho a morir con dignidad es multidimensional. Es decir, puede expresarse de diversas formas, entre ellas:

  • Eutanasia: Un médico administra una sustancia letal que provoca una muerte indolora, a petición del paciente.

  • Suicidio médicamente asistido: El médico proporciona medicamentos letales que la persona toma por su cuenta.

  • Cuidados paliativos: Medidas destinadas a aliviar el dolor y el sufrimiento sin acelerar la muerte.

  • Rechazo a tratamientos médicos: La persona puede negarse a recibir tratamientos médicos o soporte vital, lo que eventualmente llevará a su muerte natural.


Estas opciones permiten que cada persona elija cómo enfrentar el final de su vida de acuerdo con su propia idea de dignidad y autonomía.



Jurisprudencia en instancias internacionales


El derecho a morir con dignidad ha sido abordado en diferentes sistemas internacionales de derechos humanos, aunque el consenso sigue siendo limitado.


En el Sistema Universal, el Comité de Derechos Humanos de la ONU estableció en su Observación General N°36 que, aunque los Estados deben proteger la vida y prevenir el suicidio, también deben garantizar la autonomía de las personas que deciden poner fin a su vida debido a enfermedades terminales o degenerativas. En este contexto, la eutanasia o el suicidio médicamente asistido no están prohibidos por el derecho internacional, pero los Estados deben establecer salvaguardias legales que aseguren que la decisión sea informada, voluntaria y libre de presiones o abusos.


Por otro lado, en Europa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha abordado varios casos de eutanasia, como el caso Pretty v. Reino Unido en 2002 y el reciente caso Karsai v. Hungría en 2024. En ambos casos, el Tribunal ha reconocido que el derecho a la vida privada implica que las personas pueden tomar decisiones sobre su propia muerte, aunque sigue siendo competencia de los Estados decidir si legalizan o no la eutanasia. En otras palabras, el Tribunal Europeo no obliga a los Estados a despenalizar la eutanasia, pero establece que, si deciden hacerlo, deben garantizar que se respete la autonomía y la dignidad de las personas.


Jurisprudencia en instancias nacionales


En América Latina, Colombia ha sido pionera en la regulación de la eutanasia, habiéndola despenalizado desde 1997 a través de sentencias de la Corte Constitucional. En este país, la eutanasia se permite no solo para personas con enfermedades terminales, sino también para aquellas que sufren enfermedades degenerativas incurables.


En Ecuador, aunque no se ha reconocido un derecho autónomo a la muerte digna, la Corte Constitucional ha despenalizado la eutanasia bajo ciertas circunstancias.


Uno de los casos más emblemáticos en la región es el de Ana Estrada, una mujer peruana que padecía una enfermedad degenerativa llamada polimiositis. Ana luchó durante años para que el Estado reconociera su derecho a morir con dignidad, solicitando que no se aplicara el delito de homicidio piadoso en su caso si optaba por la eutanasia. En 2021, la Corte Suprema de Perú falló a favor de Ana, reconociendo su derecho a una muerte digna. Sin embargo, esta decisión fue circunscrita solo a su caso, lo que significa que en Perú la eutanasia sigue siendo ilegal para la mayoría de las personas, aunque este fallo establece un precedente importante para futuros casos.


El caso de Ana Estrada fue el primer paso hacia la apertura de un debate nacional en Perú sobre la necesidad de regular la eutanasia y el derecho a morir con dignidad. También evidenció la paradoja de que un país puede reconocer un derecho fundamental en un caso específico, mientras sigue criminalizando la misma práctica en el resto de la población.


El precedente del caso de Ana Estrada influyó directamente en el de María Benito, quien padecía una enfermedad grave y dependía de un ventilador mecánico para sobrevivir. A diferencia de Ana, María no solicitó una eutanasia activa, sino el rechazo al soporte vital, es decir, la retirada del ventilador y la aplicación de cuidados paliativos para morir en condiciones de dignidad.


La Corte respaldó su derecho a rechazar el tratamiento que la mantenía con vida artificialmente, basándose en el precedente de Ana Estrada. Aunque no fue eutanasia activa, el resultado fue el mismo: el reconocimiento del derecho a una muerte digna.


Este caso abrió la puerta para que otras personas en situaciones similares utilicen este precedente. Sin embargo, sigue siendo necesario recurrir a la vía judicial para que se reconozca individualmente el derecho a morir con dignidad, evidenciando la falta de una regulación más clara y amplia en Perú.


El Futuro del Derecho a Morir con Dignidad


El derecho a morir con dignidad es un tema que seguirá evolucionando a medida que más países revisen sus leyes y políticas al respecto. Aunque algunos países, como Colombia y Canadá, han dado pasos importantes hacia la legalización de la eutanasia, en la mayoría de las jurisdicciones sigue siendo un tema de controversia. La bioética, el derecho y los derechos humanos convergen en este debate, y el reto es encontrar un balance entre respetar la voluntad de las personas que sufren enfermedades incurables y proteger a los grupos más vulnerables.


Es importante que el debate sobre la eutanasia no se limite a los profesionales del derecho, sino que incluya a médicos, psicólogos, filósofos y la sociedad en general. Al final, el derecho a morir con dignidad no es solo una cuestión de regulación jurídica, sino un tema que toca las bases mismas de lo que significa vivir una vida plena y digna.


El reconocimiento de este derecho a nivel internacional es todavía incipiente, y aunque no se prohíbe la eutanasia en muchos países, tampoco se considera un derecho universal. Es fundamental que los Estados que decidan regular la eutanasia lo hagan con salvaguardias adecuadas, asegurando que se respeten los derechos humanos y se proteja la dignidad de las personas en el proceso final de la vida.


Episodio de Podcast

Invitada de hoy


Josefina Miro Quesada Gayoso es abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Máster en Criminología por la Universidad de Cambridge. Ha sido investigadora visitante del Instituto de Criminología de esa universidad y docente de la Facultad de Derecho de la PUCP. Lideró con éxito los únicos dos casos de litigio estratégico en el Perú sobre derecho a una muerte digna (casos Ana Estrada y María Benito). Exasesora de la Alta Dirección de la Defensoría del Pueblo y expasante de la Defensoría de Derechos de las Víctimas de Naciones Unidas. Investigadora en temas de violencia de género, derechos sexuales y reproductivos, y derecho a una muerte digna. Trabaja como asesora legal de la Relatora Especial de Naciones Unidas para la situación de derechos humanos de la República Democrática Popular de Corea. Es también Global Fellow of End of Life Care, un programa codirigido por Death with Dignity & Completed Life Initiative para avanzar derechos al final de la vida, en virtud del cual está creando una red interdisciplinaria para avanzar el derecho a morir con dignidad en Latinoamérica; y desde este mes, es también consultora de Compassion & Choices, una organización sin fines de lucro de Estados Unidos que trabaja para mejorar la autonomía del paciente en decisiones sobre el final de la vida, incluido el acceso a una muerte médicamente asistida."


A Josefina la pueden seguir en Twitter en @Josefina_28 o en Linkedin.




Transcripción del episodio



Recursos Adicionales 

Instancias Internacionales


Colombia

  • Sentencia No. C-239/97 de1997 donde despenaliza el homicidio piadoso y reconoce el derecho a morir con dignidad

  • Sentencia No. T-721-17 donde reconoce como un derecho multidimensional

  • Sentencia No. C-233-21 que elimina la etapa terminal de la enfermedad como requisito para acceder a la eutanasia

  • Sentencia No. C-164-22 que despenaliza también el suicidio médicamente asistido.

  • Sentencia No. T-544-17 que despenaliza la eutanasia para la niñez


Ecuador

  • Sentencia 67-23-IN en el caso de Paola Rodán, que despenaliza la práctica de la eutanasia.


Perú


Otros


Para recibir explicaciones sencillas como esta todas las semanas, suscríbete gratis al Newsletter Estudio DDHH 1-2-3, solo debes ingresar tus datos aquí.


PatriciaTarreProfesora.jpg

Sobre La Profe 

¡Hola! Mi nombres Patricia Tarre Moser. Soy abogada especialista en Derechos Humanos con más de trece años de experiencia.

 

Leer Más

 

  • YouTube
  • LinkedIn
  • Twitter

© 2023 Estudia Derechos Humanos

bottom of page